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El carácter “público” de los recursos en los proyectos en el Sector Público

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El sector público no sólo ejecuta el presupuesto nacional en gasto corriente, i.e para pago de planillas, servicios, alquileres, etc., necesarios para que las diversas entidades brinden servicios al ciudadano, sino que también, parte del presupuesto, está destinado a la ejecución de proyectos - la mayor parte de infraestructura – y desarrollo social.

Si bien tienen ese contexto, los proyectos públicos sigue siendo proyectos y como tal se puede y se gerencian siguiendo las buenas prácticas, como las que proporciona el PMBOK e incluso ya hay esfuerzos de usar metodologías ágiles sobre todo en proyectos de transformación digital en el Estado.

Sin embargo, para dichos fines debemos tener en cuenta una particularidad: el carácter “público” de los recursos económicos y lo que deriva de ello.

En principio, como en cualquier proyecto, los gestores deben lograr sus objetivos de Costo, Alcance y Plazo. Sin embargo, el carácter “público” de los recursos, les imponen a éstos una serie de “reglas de juego”, que no son otra cosa que las normas de los sistemas administrativos del Estado. En ese marco, para efectuar inversiones en el sector público, se tiene que gastar con dichas reglas de juego: con las de presupuesto, contabilidad, tesorería, abastecimiento, inversión pública, entre otros. Ello también implica que el uso de los recursos sea fiscalizado por el Sistema Nacional de Control.

Esas mismas reglas imponen otros aspectos como la obligación de gerenciar con Transparencia dado que cualquier ciudadano, usted o yo, podemos pedir información del proyecto, de su ejecución, de su cierre, de todo lo relacionado, con las facultades y excepciones propias de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De otro lado, las decisiones que se tomen en los diferentes actos de administración y administrativos tienen que basarse en el principio de legalidad, dado que en el sector público sólo podemos hacer lo que estamos autorizados a hacer y usar la discrecionalidad siempre orientada al fin público y otorgada por la propia norma.

Así, a nuestras tres variables de éxito iniciales de costo, tiempo, alcance se le añade las variables de sujeción a los sistemas administrativos, decisiones basadas en el principio de legalidad y transparencia, tal como lo expone y desarrolla la PMBOK Government Extension del PMI.

Adicionalmente a ello, si los proyectos son de construcción, entonces se añadirían a éstas, variables como administración financiera, de seguridad, negociación de conflictos y medioambiental, entre otros. Y todo ello en el marco de las normas de la gestión pública.

Todas estas variables influyen en el logro de los objetivos del proyecto, afectando sobre todo los de costo y plazo, más aún si se trata de proyectos de infraestructura. En estos proyectos es donde la Ley N° 30225 y su Reglamento (en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento) regula muchos de los aspectos contractuales, entre ellos las modificaciones al mismo que devienen en modificaciones de precio, plazo e incluso de alcance.

Para una idea, si durante la ejecución se presentara una prestación adicional que supere en incidencia el 15% del monto contractual se requerirá de la autorización previa a la ejecución y pago de la Contraloría General, la misma que dispone de 15 días hábiles para su pronunciamiento. Como éste hay otros procedimientos que tienen plazos definidos normativamente, además de los plazos de los actos de administración interna para la gestión del procesamiento de pagos, ampliaciones u otros. Es preciso observa que la variable plazo tiene un efecto sobre la de costo, por lo que es frecuente que los proyectos públicos excedan largamente lo previsto y se vuelvan sujeto de paralizaciones, abandono de obra y diversas controversias que terminan en conciliaciones ya arbitrajes.

A todo ello, se une el flagelo de la corrupción. Una estimación reciente de la Contraloría General de la República calcula que un 15% de la ejecución presupuestaria anual se habría perdido en un año por este fenómeno, siendo los sectores de transportes, salud y educación donde más se ha concentrado ello.

Entonces ¿es posible gerenciar proyectos en el sector público con las buenas prácticas del PMI? Creemos que sí, pero el consejo básico y crucial para ello es entender el carácter público de los recursos que estamos usando y que para ello existen reglas, reglas que son de seguimiento obligatorio siendo necesario que la gobernanza de los proyectos las incluya como base de gestión, sin olvidar que esa gobernanza incluya prácticas anticorrupción.

Autor:

Frank Alomías Mauricio Morales, I.C. MBA, PMP
email: emgcgr@gmail.com

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